Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI)


La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), es un organismo especializado de la Organización de las Naciones Unidas cuyo principal objeto es fomentar la protección de la propiedad intelectual en todo el mundo mediante la cooperación de los Estados. 
México es miembro de la OMPI desde 1975. Además de administrar 26 tratados en materia de propiedad intelectual, la OMPI ofrece a los nacionales de sus países miembros para facilitar las gestiones relativas al registro y mantenimiento de patentes, marcas y dibujos industriales los siguientes sistemas que ofrecen beneficios en función de costos y facilidad de gestión:
  • ·         Sistema Internacional de Patentes
  • ·         Sistema Internacional de Marcas (Madrid)
  • ·         Sistema Internacional de Dibujos y Modelos Industriales (La Haya).

De igual forma, la OMPI cuenta con las siguientes bases de datos gratuitas, mismas que constituyen las más amplias en sus respectivos campos:
  • ·         Patentscope.
  • ·         Base Mundial de Datos sobre Marcas.
  • ·         WIPO Lex (base de datos mundial que incluye tratados administrados por la OMPI, otros tratados relacionados con P.I., así como leyes y reglamentos de los estados miembros en materia de P.I.).

Finalmente, la OMPI presta servicios de carácter jurisdiccional. De esto se encarga su Centro de Mediación y Arbitraje, el cual, entre otros, ofrece los siguientes procedimientos:
  • ·      Mediación (no impone solución a la controversia, pero si se alcanza un acuerdo, este adquiere fuerza contractual).
  • ·         Arbitraje (vinculante).
  • ·         Arbitraje acelerado.
  • ·         Decisión de expertos.
  • ·         Solución de Controversias en Materia de Dominio.

De los procedimientos señalados anteriormente, destaca el de Solución de Controversias en Materia de Dominio, que ofrece un mecanismo rápido y eficaz para la solución de controversias relativas a los nombres de dominio de internet, sin necesidad de recurrir a la vía judicial. Dicho procedimiento ofrece al demandante una vía para exigir la cancelación del nombre de dominio que está siendo usado ilegalmente, o para exigir que le sea cedido el registro de dominio.

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